Se mantiene sistema de dígitos para taxis y ocupación máxima del 50% en transporte colectivo de pasajeros en Manizales

Hay determinaciones que continúan y otras que cambian respecto a la Resolución 066 del 31 de julio del 2020, cuya vigencia termina hoy:

  1. Se mantienen los cinco dígitos para la prestación del servicio de taxis, con los siguientes días y horarios:
FechaMartes a miércoles, de 4 a.m. a 4 a.m.Miércoles a jueves, de 4 a.m. a 4 a.m.Jueves a viernes, de 4 a.m. a 4 a.m.Viernes a sábado, de 4 a.m. a 4 a.m.Sábado a domingo, de 4 a.m. a 4 a.m.Domingo a lunes, de 4 a.m. a 4 a.m.Lunes a martes, de 4 a.m. a 4 a.m.
1 de septiembre al 7 de septiembre1, 2, 3, 4, 56, 7, 8, 9, 01, 2, 3, 4, 56, 7, 8, 9, 01, 2, 3, 4, 56, 7, 8, 9, 01, 2, 3, 4, 5
8 de septiembre al 14 de septiembre6, 7, 8, 9, 01, 2, 3, 4, 56, 7, 8, 9, 01, 2, 3, 4, 56, 7, 8, 9, 01, 2, 3, 4, 56, 7, 8, 9, 0
15 de septiembre1, 2, 3, 4, 5      

La única excepción a estos horarios es el traslado del vehículo al taller o centro de mantenimiento autorizado. Podrá hacerse cualquier día, en estos horarios:

• Para el traslado al taller: de 6:00 a.m. a 7:00 p.m.

• Para el traslado del taller al domicilio: de 4:00 p.m. a 5:00 p.m.

2. Se mantiene una ocupación máxima del 50% en buses, busetas y microbuses. Se recomienda ubicar a una persona por fila para mayor distanciamiento físico y marcar las sillas que no serán ocupadas para una mejor distribución de los pasajeros.

3. Los buses, busetas y microbuses podrán transitar por sus rutas luego de las 7:00 p.m. de cada día, pues el toque de queda nocturno no regirá desde el 1 de septiembre.

4. Las empresas habilitadas para la prestación del servicio de transporte colectivo de pasajeros deberán cumplir con  una flota mínima del 70% y máxima del 100%. La Resolución 066 establecía un máximo del 70%.

La Resolución 078 no incluye medidas para vehículos particulares, debido a que no habrá pico y cédula desde el 1 de septiembre, con lo cual, la circulación de estos automotores no estará sujeta a esta determinación u otra.

Más pautas

• Las empresas que prestan servicio de transporte público deben cumplir la Resolución 677 del 24 de abril del 2020, expedida por el Ministerio de Salud, por medio de la cual se adopta el protocolo de bioseguridad para el manejo y control de la COVID-19.

• Se permite la prestación del servicio público de transporte terrestre automotor mixto en las rutas autorizadas para el radio de acción veredal de Manizales. Solo está autorizada una ocupación máxima de seis pasajeros por vehículo.

• Continúan las medidas de prevención de la COVID-19 en buses, busetas y microbuses (consultar el Artículo 4 de la Resolución 078 de la Secretaría de Tránsito).